Un plan de pensiones es un mecanismo de ahorro ideal como complemento a la pensión por jubilación que otorga la Seguridad Social y que nos ofrece a nosotros y a nuestra familia un plus de seguridad económica para el futuro. En otro artículo te hablamos sobre quién puede hacer aportaciones a un plan de pensiones, hoy vamos a tratar de la herencia de un plan de pensiones: ¿es una opción viable? En ese caso, ¿quién podría heredar un plan de pensiones?
¿Es posible dejar en herencia un plan de pensiones?
La respuesta es sí. Es posible heredar un plan de pensiones siempre que se haya nombrado claramente quién será el o los beneficiarios durante la elaboración del contrato del mismo. En ese contrato es posible especificar incluso el porcentaje exacto de cada uno de los posibles beneficiarios. Tampoco es necesario u obligatorio que sean el cónyuge o los descendientes directos, incluso es posible dejar como beneficiario a una ONG.
¿Y si no se hubiese designado la herencia del plan de pensiones en ese contrato? En ese caso el importe del plan correspondería a los herederos legales, que pasarían a ser los beneficiarios. Si el fallecido tampoco ha realizado el testamento, habría que acudir a las condiciones generales del reglamento del plan de pensiones y comprobar quiénes son los beneficiarios, ya que deben indicarse en las especificaciones del plan. Normalmente coinciden con los herederos legales, es decir, descendientes y cónyuge.
¿Qué documentos se deben presentar?
Los documentos necesarios para poder beneficiarse de la herencia de un plan de pensiones y poder rescatar esos fondos son:
- Fotocopia de los DNI (del heredero y de la persona fallecida)
- Rellenar la solicitud de prestación por fallecimiento. En el caso de más de un beneficiario, todos deben hacer este trámite.
- Toda la documentación necesaria para acreditar a los herederos como beneficiarios (testamento o declaración hereditaria, certificado de últimas voluntades, libro de familia).
Debes tener en cuenta que al adquirir la herencia de un plan de pensiones no se tributa por el impuesto de sucesiones, sino como rendimiento de trabajo en la declaración de la renta. Por lo tanto, como el importe del plan elevará la base imponible general, quien herede un plan de pensiones deberá tributar en el rango o tipo marginal que le pertenezca en cada caso pero siempre como rendimientos de trabajo.
Fuente: www.seguroscatalanaoccidente.com