¿De qué trata este seguro?

Con el Seguro de responsabilidad medioambiental tendrás cubiertos los gastos de reparación de los recursos naturales y los daños a terceros por contaminación. Estarás protegido ante los requisitos que marca la legislación* como empresa o como particular. * La nueva ley 26/2007 de responsabilidad medioambiental implanta un nuevo tipo de responsabilidad administrativa denominada responsabilidad medioambiental por contaminación

Beneficios de este seguro

Te adaptas a la ley – Cumplirás con las obligaciones que establece el marco legal referente a esta materia

Coberturas optativas – Junto a la básica, tienes otras que puedes escoger.

Gastos de defensa cubiertos – Para los procedimientos jurídicos que se tengan que iniciar.

Coberturas

Es la contratación básica de este seguro y puede cumplimentarse con las siguientes coberturas:

Descontaminación del propio suelo.

Daño medioambiental y amenaza inminente de daño medioambiental, que sean directamente atribuibles a la actividad asegurada y que se produzcan de forma accidental y aleatoria.

Costes de prevención, aminoración y reparación para prevenir una amenaza inminente de daño medioambiental.

El coste de las medidas de reparación complementaria y compensatoria que sean necesarias.

Opcionalmente este seguro puede incluir la responsabilidad civil incluyendo:

Daños ocasionados a terceros por contaminación.

Cobertura de daños a empleados (patronal) hasta 150.000 €

Ambas coberturas incluyen:

Gastos de defensa.

Prestación de fianzas.

Gastos justificados relacionados con esta responsabilidad.

En relación a las sumas aseguradas (responsabilidad medioambiental y responsabilidad civil por contaminación), se trata de dos capitales independientes y acumulativos.

Preguntas frecuentes

Cualquier persona (física o jurídica) está obligada a reparar un daño medioambiental causado, pero ello es aconsejable la contratación de este seguro. Como ejemplo, detallamos situaciones reales:

Vertido accidental de aguas residuales al cauce de un arroyo.

Daños por contaminación a explotaciones de terceros cercanas al riesgo asegurado (explotaciones agrícolas, industrias, poblaciones…).

Por una fuga accidental en un vehículo de transporte de sustancias contaminantes, incluyendo los gastos de limpieza del vertido en la calzada.

Fuga de gasoil en depósito de una comunidad de propietarios ocasionando daños a colindantes y al nivel freático.

Si, según la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental es obligatorio la contratación de una garantía de responsabilidad medioambiental (aval, constitución de fondos “ad hoc” o seguro) para las actividades descritas en su Anexo III:

Gestoras de residuos

Vertederos y su posterior gestión

Empresas que realicen vertidos

Tratamiento de aguas

Empresas dedicadas a la fabricación, utilización, transformación, embotellado, transporte u otras actividades relacionadas con materias peligrosas

Industrias extractivas

Por eso, este seguro tiene como objetivo proteger a las empresas si causan algún daño al medioambiente con el desarrollo de su actividad.

El Seguro de responsabilidad medioambiental incluye servicios como los gastos de defensa o la prestación de fianzas en caso de que se produjera una incidencia que causará desperfectos en el medio ambiente.