¿Donar o vender una casa? Conoce los impuestos que acompañan a cada decisión
Cuando unos padres se plantean transmitir la propiedad de una casa a sus hijos antes de su fallecimiento, muchas veces les surgen dudas sobre qué procedimiento pueden emplear para conseguir las mejores ventajas fiscales posibles. Donar o vender una casa entre padres e hijos puede tener resultados muy diferentes.
¿Qué sucede si se hace una donación?
Si optamos por la donación de una vivienda entre padres e hijos, debemos tener en cuenta los impuestos a pagar por parte de ambas partes para decidir si realmente nos resulta una operación rentable frente a otras alternativas.
En el caso de los padres, tendrán que liquidar el IRPF como si hubieran realizado una compraventa cualquiera, ya que las donaciones tributan en la declaración de renta como una transmisión que puede generar ganancias patrimoniales.
Asimismo, los padres también tienen la obligación de hacerse cargo de la plusvalía correspondiente, que marcará el ayuntamiento del municipio donde se encuentre la vivienda.
En el caso de los hijos, como receptores de la donación de la vivienda, tienen que pagar el correspondiente Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Su importe es muy difícil de establecer a priori, porque depende la ubicación de la vivienda y de su valor, entre otros muchos factores.
Los impuestos en la compraventa
Si se opta por transmitir una vivienda entre padres e hijos bajo la forma de compraventa, los progenitores también tienen que hacerse cargo del IRPF y la plusvalía.
En el caso de los hijos, deberemos tener en cuenta que los impuestos a tributar serán los mismos que en cualquier otra operación de compraventa. Es decir, tendremos que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Además, tendrá que quedar constancia de la transferencia económica entre padres e hijos en el que se hace el pago de la vivienda.
Los riesgos de simular una compraventa
Algunas familias optan por simular que se ha hecho una compraventa de la vivienda entre padres e hijos, donde no se efectúa ningún pago o se hace uno de simbólico. Hacienda puede entender esto como una falsificación de documento público y aplicar la correspondiente sanción, que puede llegar a una cantidad casi tan elevada como el precio de la vivienda.
Fuente: www.seguroscatalanaoccidente.com