neceser-de-viaje¿Qué está permitido subir al avión de tu neceser de viaje?

¿Vas a ir en avión este verano? Descubre en este post cuáles son los objetos de tu neceser de viaje que sí puedes subir y cuáles no están permitidos. Evita pasar por un mal trago y lleva solo lo esencial.

 En mi neceser de viaje: ¿Qué sí y qué no?

 – Objetos que puedes llevar:

 1. Líquidos en formato de 100 ml hasta 1L en total

Si vas a llevar champú, gel, colonia, espumas o cualquier cosmético que sea líquido, debes saber que en el avión solo se pueden subir hasta 100 mililitros de cada uno. Eso quiere decir que deberás escoger bien qué es lo que te llevas, siempre respetando el formato y sin superar el litro máximo que se permite.

2. Medicamentos y útiles sanitarios

Tienen que ir etiquetados correctamente indicando la fecha de caducidad. Además de llevar el papel de las recetas que convengan. Además, los jarabes de más de 100ml solo podrán subirse al avión si lo llevas a parte y con su receta para que no te lo hagan desechar.

3. Objetos punzantes  y útiles para afeitarse

Si debes llevar agujas hipodérmicas para tratar la diabetes necesitarás un certificado de tu médico de cabecera y enseñarlo en el control. Las tijeras, pinzas y otros elementos punzantes para la higiene personal, pueden llevarse si son muy pequeños; sin embargo, es más seguro llevarlos como equipaje. Las cuchillas de afeitar podrán estar en el neceser de viaje siempre y cuando estén encapuchadas y en el cartucho.

 – Objetos que no puedes llevar:

Los artículos líquidos de más de 100ml no pasarán el control y serán confiscados. Además, los aerosoles de más de 100ml tampoco son aceptados por su inflamabilidad, esto se aplica a desodorantes, espumas y lacas.

Antes de viajar en avión, sé previsor. Infórmate bien de todo lo que debes saber: normas, equipaje de mano y para facturar, qué llevar y qué no. En cualquier caso, si tienes dudas siempre puedes llamar a tu compañía aérea para que solucione tus cuestiones. Asegúrate de que cumples los requisitos y viaja con tranquilidad.

Fuente: www.seguroscatalanaoccidente.com

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